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October 4th, 2023

VIAJANDO A TUCSON, ARIZONA SIN PAPELES PARA SAZONBLEA

Consejos Para Personas Indocumentadas y No Ciudadanas Viajando a Sazonblea 2023 con Mijente en Tucson, Arizona

 Ninguna parte de este documento debe tomarse como un consejo legal o una evaluación de riesgo individual. Consulte con un/a abogado/a de inmigración confiable y con experiencia antes de tomar decisiones sobre sus planes de viaje.

NOTA DE MIJENTE

Este año Sazonblea 2023 se llevará a cabo en Tucson, Arizona. Aunque Tucson está fuera de la jurisdicción de la patrulla fronteriza de los EE. UU., existen riesgos para les viajeres indocumentades, las personas no ciudadanas, e inmigrantes con antecedentes penales, tanto en el aeropuerto como en las carreteras. Recopilamos esta información con la intención de facilitar el proceso de investigación y minimizar el riesgo para los participantes. La información recopilada ha sido revisada por abogados de inmigración, organizadores con experiencia, y viajeros indocumentados con experiencia en Tucson, Arizona, pero recuerde que ninguna parte de esto debe considerarse asesoramiento legal o una evaluación individual de riesgo. Consulte a un/a abogado/a de inmigración confiable y con experiencia antes de tomar decisiones sobre sus planes de viaje. Para más información sobre Sazonblea 2023 haga click aqui: https://www.sazonblea.com

 

Si está viajando a Sazonblea, y desea platicar con organizadores de Mijente sobre crear un plan de seguridad de viaje, por favor llene esta forma y agendaremos una llamada telefónica con usted. 

POLÍTICAS LOCALES Y DEL ESTADO

SI ESTÁ MANEJANDO POR TEXAS

En Mayo del 2017 el gobernador de Texas firmó la Ley senatorial 4 (SB4), una ley estatal que tenía como objetivo forzar a los gobiernos locales y a las autoridades locales a actuar como agentes de inmigración y colaborar con Inmigración y Control de Aduanas (ICE).

Aquí hay algunas cosas que debe tener en cuenta:

  • La policía local o la policía, incluyendo la policía del campus universitario, puede elegir preguntar sobre el estatus de inmigración de una persona solo durante una “detención legal” o arresto. Los oficiales de la policía local no están obligados a preguntar y no pueden detenerlo únicamente para preguntar sobre su estatus migratorio o para solicitar documentos.
  • Si la policía local pregunta por su estatus migratorio  o si de alguna manera se enteran de que usted no tiene papeles, de todos modos no pueden detenerlo para investigar su estatus migratorio o para llamar a ICE. Pero, el oficial puede decidir liberarlo y luego proporcionarle esa información a ICE (pero, una vez más, no está obligado a hacerlo y puede elegir no hacerlo).
  • La policía local puede asumir que por ser Latinxs, no tienen estatus migratorio. Como advierte el Centro de Recursos Legales para Inmigrantes, “debido a la SB4, la policía puede ser más probable que detenga y arreste a los inmigrantes o cuestione a las personas sobre el estatus migratorio, aunque esto puede ser una discriminación ilegal”.
  • La SB4 requiere que la policía y las cárceles detengan a los inmigrantes para ser transferidos a ICE si ICE lo solicita (se llama detención de inmigración, o “immigration detainer”). SB4 prohíbe cualquier política local para proteger a los inmigrantes del ICE o prohibir la respuesta a la detención del detainer por parte de la policía.
  • La policía escolar o los oficiales contratados temporalmente no pueden preguntar sobre el estatus migratorio de un padre o estudiante, excepto lo permitido por la ley federal. Los registros educativos de un estudiante también son confidenciales y no se pueden compartir con la policía, a menos que la ley lo exija.

El 1 de septiembre de 2023, la ley senatorial 1551 (SB 1551) entró en efecto. Esta ley dice que quien “falle en proporcionar o mostrar su licencia de conducir cuando un oficial se la pida” puede acusado de un delito menor de clase C, que se castiga con una multa de $500.

Algunas de las recomendaciones de la ACLU en Texas sobre qué hacer si la policía local o estatal le preguntan sobre su estatus migratorio, incluyen:

  1. No tiene que responder ninguna pregunta sobre su estatus migratorio, incluyendo el lugar donde nació, cómo ingresó a los Estados Unidos, si es ciudadano, o si tiene un estatus legal o “documentos”.
  2. Tiene derecho a permanecer en silencio. Simplemente diga claramente que desea permanecer en silencio y que no desea responder ninguna pregunta sobre su estatus migratorio.
  3. Si lo detienen en su automóvil, ni el conductor ni los pasajeros tienen que responder preguntas sobre el estatus migratorio de nadie. Si usted es el conductor del vehículo, debe proporcionar su licencia de conducir, prueba de seguro, y registro al oficial solicitante, si los tiene. No proporcione documentos falsos.
  4. Si es pasajero en un automóvil, puede preguntar si puede irse. Si es así, váyase en silencio. No es necesario que proporcione una identificación, ni de EE.UU ni extranjera. No proporcione documentos falsos.
  5. Si está bajo arresto: debe dar su nombre, dirección de residencia, y fecha de nacimiento solamente. No tiene que contestar ninguna otra pregunta. Diga claramente que desea permanecer en silencio. No diga nada más, no firme nada ni tome decisiones sin un abogado.

MANEJANDO EN ARIZONA

En el 2010, la controversial ley senatorial 1070 (SB 1070), también conocida como la ley estatal “muéstrame tus papeles” entró en efecto. Después de muchos litigios y trabajo de organización por parte de activistas, organizadores, y abogados por los derechos de los inmigrantes, la mayor parte de esta ley fue derribada. Sin embargo, estas son las partes que siguen en pie hasta el dia de hoy:

  • La Sección 2(B) de SB 1070 requiere que los agentes policiales de Arizona determinen (o intenten determinar) el estatus migratorio de una personal solo en dos circunstancias limitadas:     
  1. Cuando un oficial arresta a una persona por un delito según la ley estatal (como un DUI), o 
  1. Cuando el oficial detiene a una persona bajo sospecha de un delito según la ley estatal y el oficial, durante el curso de la parada, desarrolla una sospecha razonable de que la persona “es un extranjero… presente ilegalmente en los Estados Unido
  • Como parte de declaraciones previas, fue determinado que:
    • Los oficiales no serían obligados a exigirle a las personas que les muestren sus documentos.
    • Los oficiales no contactarían, pararían, detendrían, ni arrestarian a ninguna persona basada en su raza, color, o origen nacional, excepto cuando sea parte de la descripción de un sospechoso.
    • Los oficiales no prolongarán una parada, detención, o arresto con el único propósito de verificar su estatus migratorio.

MANEJANDO EN TUCSON

En el 2012, el Consejo Municipal de Tucson designó a la ciudad una “ciudad acogedora para inmigrantes”, pero sabemos que eso no la hace inmune a la aplicación de la ley por parte de ICE o a la violenta discriminacion policial. Sin embargo, los organizadores locales ganaron una campana para sacar a ICE de la cárcel local.

PUNTOS DE CONTROL DE LA PATRULLA DE FRONTERA

Tucson está a menos de 100 millas de la frontera de EE. UU y México. Técnicamente, está dentro de la zona de 100 millas de la frontera donde la Patrulla Fronteriza (CBP) tiene jurisdicción. Basado en información actual, no hay puntos de control o retenes (“checkpoints”) de la patrulla fronteriza dentro de o cerca de la Ciudad de Tucson y CBP ha reducido las paradas. Sin embargo, todavía hay presencia de la patrulla fronteriza, en particular en las carreteras.   También hay otros puntos de control (checkpoints) e información relevante que hay que tener en cuenta, particularmente si está viajando por carretera cerca de la zona de 100 millas de la frontera. Por favor tenga en cuenta que esto puede aplicarse si viaja en carro o en autobús, antes o después de Sazonblea. 

  • Aquí hay un mapa de los puntos de control permanentes para tener en cuenta. Los más cercanos a Tucson se encuentran a lo largo de la frontera de los EE. UU. y México, y viajando a través de las partes sur de los estados de California, Arizona, Nuevo México, y Texas.
  •  Los agentes de la Patrulla Fronteriza han detenido autobuses que viajaban dentro de los Estados Unidos, incluyendo uno en enero de 2018 que viajaba solo dentro del estado de Florida. Detuvieron al menos a un inmigrante que, según dicen, había sobrepasado su visa de turista.
  • Si se encuentra dentro del área de 100 millas de la frontera, CBP afirmara que tiene muchos derechos y acceso a su persona, a su automóvil, autobús u otro vehículo. Según la ACLU de Texas, “CBP afirma tener autoridad para poder abordar un autobús o tren sin una orden de cateo en cualquier lugar dentro de esta zona de 100 millas […] Y, dependiendo de dónde se encuentre en esta área y cuánto tiempo lo detenga un agente, los agentes deben tener diversos niveles de sospecha para detenerte “.
  • En los puntos de control de inmigración, cada automovilista es detenido y se le pregunta sobre su estatus migratorio. Los agentes no necesitan ninguna sospecha para detenerlo y hacerle preguntas en un punto de control legal, pero sus preguntas deben ser breves y relacionadas con la verificación del estatus migratorio. También pueden inspeccionar visualmente su vehículo. Algunos automovilistas serán enviados a áreas de inspección secundaria en el punto de control para preguntas adicionales. Esto se debe hacer solo para hacer preguntas limitadas y rutinarias sobre el estatus migratorio que no se pueden hacer a todos los conductores en alto tráfico. Si se encuentra en un punto de control de inmigración mientras conduce, sepa que huir del punto de control es un delito grave, una felonía. Negarse a responder la pregunta del agente probablemente resultará en una detención adicional para ser interrogado, para ser referido a una inspección secundaria, o para ambas cosas.    
  •    Si tiene DACA y está pasando por un punto de control, se recomienda que tenga documentación que demuestre que tiene DACA, y no deben detenerte. Sin embargo, ha habido varios informes de recipientes de DACA a quienes han detenido durante horas en los puntos de control hasta verificar su estatus. Aunque a la mayoría se les ha permitido pasar, algunos informan que se les preguntó no solo sobre su propio estatus migratorio, sino también sobre los nombres de sus padres y su estatus migratorio.  
  • Si lo detienen en el punto de control por más que un breve interrogatorio, puede preguntarle al agente si puede irse. Si dicen que no, necesitan una sospecha razonable para continuar deteniendo. Pueden pedirle a un agente la base de su “sospecha razonable”, y ellos deben decirle. Si un agente le arresta, le detiene por un período prolongado o registra sus pertenencias o los espacios de su vehículo que no están a la vista del oficial, el agente necesita una causa probable de que haya cometido un delito de inmigración o que haya violado la ley federal. Puede pedirle al agente que le diga la base de la causa probable. Deben informarle.

Consejos Si Te Encuentras con la CBP

Estos son algunos consejos de las organizaciones con sede en Texas sobre qué hacer si se encuentra con CBP dentro del área fronteriza de 100 millas:

  1. Tiene el derecho a permanecer en silencio o decirle al agente que solo responderá preguntas en presencia de un abogado, sin importar su ciudadanía o estatus migratorio.
  2. No tiene que responder preguntas sobre su estatus migratorio. Simplemente puede decir que no desea responder esas preguntas. Si elige permanecer en silencio, es probable que el agente le haga preguntas durante más tiempo, pero su silencio por sí solo no es suficiente para apoyar una causa probable o una sospecha razonable para arrestarle, detenerle, o buscar sus pertenencias.
  3. Si tiene documentos de inmigración, debe tener en cuenta que la ley exige que las personas con permiso para estar en Estados Unidos por alguna razón específica, por un tiempo limitado – por ejemplo, una visa no-inmigrante – proporcionen información sobre su estatus migratorio a oficiales federales si lo preguntan.  
  4. En general, un oficial de inmigración no puede detenerle sin una “sospecha razonable”. La sospecha razonable es menos sólida que la causa probable, pero ciertamente no es solo una sensación de presentimiento o intuición. Un agente debe tener información específica sobre usted que haga que sea razonable creer que está cometiendo o haya cometido una violación de la ley de inmigración o ley federal. Si un agente lo detiene, puede preguntar cuál es la sospecha razonable, y deben informarle.
  5. Un oficial de inmigración tampoco puede buscarle a usted ni a sus pertenencias sin una “causa probable” o su consentimiento. Si un agente te pregunta si pueden buscar sus pertenencias, tiene el derecho a decir que no.
  6.   Un oficial de inmigración no puede arrestarle sin una “causa probable”. Eso significa que el agente debe tener información sobre usted que haga que sea probable que esté cometiendo o cometiendo una violación de la ley de inmigración o la ley federal. Su silencio en si no cumple ninguna de estas normas. Tampoco su raza u origen étnico por sí solo es suficiente para una causa probable o una sospecha razonable.
  7. Los ciudadanxs de los EE. UU. no tienen que llevar un comprobante de ciudadanía en su persona si están en los Estados Unidos. Si tiene documentos de inmigración válidos y tiene más de 18 años, la ley requiere que lleve esos documentos en su persona . Si un agente de inmigración le pide que los produzca, es recomendable que muestre los documentos al agente o corre el riesgo de ser arrestado. Si es un inmigrante sin documentos, puede rechazar la petición del oficial. Es probable que un agente le haga mas preguntas si rechaza esa petición. No importa en qué categoría se encuentre, nunca proporcione documentos falsos.
  8. Las personas que ingresaron a los Estados Unidos “sin inspección” (por ejemplo, a través de la frontera) pueden estar sujetas a lo que se denomina “expulsión expedita” (o “expedited removal” en Inglés) de los Estados Unidos, especialmente si se encuentra cerca de la frontera, aunque haya vivido en Estados Unidos la mayor parte de su vida. La deportación acelerada es un proceso que pasa por alto a un juez de inmigración. Si le informan que está sujeto a una deportación acelerada pero ha vivido en los EE. UU. durante mucho tiempo, o tiene miedo de persecución,  se recomienda que le informe de inmediato a los agentes.

VIAJANDO POR LOS AEROPUERTOS

Todos los aeropuertos internacionales se consideran “puertos de entrada” o lugares donde las personas pueden ingresar a los Estados Unidos desde el extranjero. Tanto la TSA como la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), ambas agencias bajo el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), están presentes y ambas agencias tienen la autoridad de solicitar documentos de inmigración si sospechan que alguien está en el país sin estatus migratorio o está utilizando documentos falsos. En aeropuertos dentro de 100 millas de la frontera entre los Estados Unidos y México, los agentes de la patrulla fronteriza pueden estar estacionados en o cerca del punto de seguridad de TSA para preguntarle a las personas sobre su estatus migratorio. Dicho esto, en Tucson, CBP usualmente sólo está presente en la sección internacional del aeropuerto de Tucson, pero rara vez está presente en el área de vuelos nacionales. 

El riesgo de ser perfilado racialmente o ser abordado por estas agencias aumentó significativamente bajo el Presidente Trump, tanto debido a los cambios en las políticas que eliminan las categorías que priorizan y anulan  prioridades para la deportación de personas, como a la retórica antiinmigrante de la administración. Aunque los riesgos siempre existen, el Secretario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) Alejandro Mayorkas emitió un memorando con nuevas prioridades de deportación e inmigracion en septiembre del 2021 que le dice a ICE, CBP, y USCIS que ejerzan discreción procesal (discreción fiscal) y establece tres categorías principales de personas que pueden ser prioridades para detención y deportación según la administración de Biden. Después de algunos desafíos legales, estas prioridades de aplicación de la ley se restablecieron oficialmente este año, 2023. Según estas prioridades como aplicar la ley, estos son quienes corren mayor riesgo de ser deportados:

  • Amenazas a la seguridad nacional: individuos que ICE sospecha que están involucrados en terrorismo, espionaje o actividades relacionadas a eso, o que “de otra manera representan un peligro para la seguridad nacional”
  • Amenazas a la seguridad pública: personas que son “una amenaza actualmente para la seguridad pública, generalmente debido a una conducta delictiva grave”. (énfasis añadido). El memorando no especifica categorías de delitos que representan una amenaza actual para la seguridad pública. Más bien, enumera una lista de factores negativos y positivos para determinar si una persona es una amenaza actual para la seguridad pública.  
  • Amenazas a la seguridad fronteriza: personas que ingresan ilegalmente a los EE. UU. Después del 1 de noviembre de 2020 o que son arrestadas mientras ingresan ilegalmente.

Aunque ha habido relativamente pocos informes de inmigrantes identificados y detenidos mientras viajan dentro de los Estados Unidos continentales, cualquier inmigrante indocumentado está en riesgo mientras se encuentra en aeropuertos, particularmente cuando se realiza una inspección de documentos con el agente de la TSA. Esta sección repasa los documentos que puede usar para viajar y lo que lo puede marcar como indocumentado.

Recuerde que el historial y los antecedentes de inmigración de cada individuo afectarán el proceso particular que atraviesan y el riesgo que enfrentan. Debido al riesgo significativamente mayor, le recomendamos que consulte a un abogado de inmigración de confianza, especialmente si no tiene documentos o si no es ciudadano y:

  • Ha sido ordenado ser deportado de los Estados Unidos y no se fue, o se fue y regresó;
  • Tiene órdenes penales abiertas o condenas o arrestos penales abiertos o resueltos, incluso delitos menores como conducir bajo la influencia o conducir sin una licencia;
  • Ha cumplido tiempo en la cárcel, especialmente por sentencias de más de un año, recientemente o en el pasado;
  • Llegó a los Estados Unidos en los últimos tres años;

Tenga en cuenta que hay una sección completa sobre viajar mientras se está en el proceso de deportación, que es diferente de viajar después de que se haya ordenado la deportación.  

 Si una persona es identificada como potencialmente indocumentada mientras viaja en el aeropuerto, puede ser referida a una inspección secundaria. Es en la Inspección Secundaria que se le puede pedir a una persona sus documentos de inmigración o ser identificada a través del DHS u otras bases de datos, y posiblemente ser llevada a la custodia de la Patrulla Fronteriza.

Sabemos que aun cuando una persona que se considera prioritaria recibe un NTA, o es puesta bajo custodia, no significa que será deportada. Una sólida respuesta legal y organizativa de base todavía podría hacer una diferencia para detener la deportación de esta persona y proporcionar ayuda.

  • Sugerencia de un organizador indocumentado: Considere que su evaluación del riesgo que toma al viajar, es muy similar al riesgo que se toma al formar parte de una desobediencia civil. Conozca su caso, hable con un organizador de confianza, hable con su abogado, comprenda el riesgo, pero también recuerde que la organización comunitaria y la lucha en contra de las deportaciones funciona, y que todo se siente como parte de la vida  de los indocumentados en los EE.UU. Si usted es un organizador que le está ayudando a alguien a decidir qué hacer, sólo recuerda que se trata de sus vidas, que las consecuencias serán vividas por ellos y sus familias, y que debe ser su decisión si se trata de tomar un riesgo o no.

Los chequeos de seguridad y el tipo de identificación requerida es la misma a la que se requiere cuando se viaja a otros estados dentro de Estados Unidos. Después de obtener el boleto de avión, el siguiente paso es ir a un agente de la Agencia de Seguridad del Transporte (TSA) y mostrarles una identificación y documento de embarque, seguido por el chequeo del equipaje y del cuerpo de la persona. El riesgo incrementa cuando un individuo viaja con pasaporte extranjero sin visa. Ha habido casos donde se le ha pedido a individuos que presentan sus pasaportes que presenten sus visas, aunque no conocemos casos que hayan sucedido recientemente en Tucson o Arizona. 

  • Sugerencia de un viajero indocumentado: Aprenda bien el proceso de inspección.  Si no está acostumbrada/o a viajar en avión, aprenda bien lo que puede cargar en su maleta  “carry-on” y que está requerido de que saque de su maletas y bolsas cuando pase por la inspección. Y no se olvide la inspección adicional de frutas y verduras. (Para más información para los individuos transgénero de género-no conformante mire la sección “Factores adicionales que afectan el riesgo “ o también lea información de Centro Nacional  para Igualdad Transgénero para viajantes, especialmente para información sobre empacando medicinas, jeringas, prostatitis médicos, etc.)

TIPOS DE IDENTIFICACIÓN

TSA ha declarado que los siguientes documentos son formas aceptables de identificación para mostrar en un aeropuerto (vaya el sitio web para obtener una lista completa):

  • Las licencias de conducir u otros documentos de identidad estatal con foto emitidas por el Departamento de Vehículos Motorizados (con algunas excepciones, vea abajo)
  • Tarjetas de residente permanente
  • Tarjeta de cruce fronterizo
  • Pasaporte emitido por un gobierno extranjero
  • Tarjeta de autorización de empleo del Servicio de Inmigración y Naturalización (I-766)
  • El Aviso de Comparecencia (“Notice to Appear”) de la corte de inmigración junto con otra identificación que incluye el nombre completo del viajerx (ver “Viajando Durante un Proceso de Deportación”para más detalles)

Identificación emitida por el estado o Licencia de Conducir: TSA acepta identificaciones o licencias emitidas por un estado de Estados Unidos. Estas identificaciones no identifican al viajerx como alguien que no es ciudadano Americano o como ciudadano de otro país, lo cual es particularmente importante para inmigrantes indocumentados.    

Una nota sobre las identificaciones con “propósito limitado”: Hay algunos estados que han podido otorgar identificaciones o licencias de conducir que no están aprobados por la TSA, en particular los  estados que han cambiado sus leyes y reglamentos para ponerlos a disposición de los inmigrantes indocumentados. Estas son las IDs o licencias de conducir que normalmente no requieren un número de seguro social, tales como las identificaciones “con propósito limitado” como las licencias de conducir en Washington DC, licencias de conducir de “visitante temporal” en Illinois.

De acuerdo con el DHS, estas son las IDs que “deben establecer claramente” que no son aceptables para propósitos federales, y no son por sí solos  identificaciones aceptables para TSA. DHS también “advierte que no hay que suponer que la posesión de una identificación como estas no signifique que sea una persona indocumentada, ya que varios estados emiten estas  licencias que no cumplen las normas por razones no relacionadas con la presencia legal” Los lugares que tienen estos tipos de identificación incluye a: Washington DC, Ciudad de Nueva York , y Phoenix, Arizona. Más información del DHS aquí o de un artículo en inglés del periódico New York Times.

Los pasaportes extranjeros: Para los inmigrantes indocumentados que no tienen acceso a una identificación emitida por el estado o a una  licencia de conducir, un “pasaporte emitido por un gobierno extranjero” es la única otra opción que aparece en la página web de la TSA como aceptable para viajar. Aunque es claro que no hay ninguna obligación legal de tener visa para viajar dentro de los EE.UU., aun para viajeros extranjeros, tener un documento que identifica al individuo como ciudadano de otro país incrementa la posibilidad que TSA le haga preguntas adicionales durante el punto de inspección. 

  • Sugerencia de un viajerx indocumentadx: Si usted está mostrando un pasaporte a un agente de TSA, entrégueselo abierto en la página con la fotografía y la información demográfica y coloque la tarjeta de embarque en la página en blanco del pasaporte, de modo que el agente de la TSA sólo vea la tarjeta de embarque y su identificación. Si no se les da la oportunidad de mirar a través de las páginas del pasaporte se disminuyen las posibilidades de preguntas acerca de los sellos de entrada o visados. Pero recuerde que no hay garantía.  

Los documentos falsos son peligrosos: Además de no ser documentos autorizados para viajar y pasar por el proceso de seguridad, usar documentos falsos es un delito y podría ocasionar que se presenten cargos penales graves en contra del viajero y se comienzan procedimientos de deportación en su contra.

Documentos de identificación que no coinciden con la presentación de género del viajerx: De acuerdo con el Centro Nacional para la Igualdad Transgénero (NCTE), las normas de la TSA requieren que el nombre, sexo y fecha de nacimiento incluidos en la reservación del vuelo coincidan con el tipo de identificación que un individuo proporciona en el aeropuerto. Dicen que “el programa de Vuelo Seguro compara esta información con las listas de vigilancia del gobierno y la información de género es utilizada para eliminar coincidencias con los mismos nombres o similares de otras personas- no para evaluar el género de una persona.” Esto significa que el control de seguridad debe tratarse sobre si la identificación coincide con el boleto de vuelo, no con la presentación de género del viajerx. 

NCTE explica, “Al entrar a la zona de seguridad, los agentes de TSA que verifican los documentos de identidad revisarán que la información en su identificación coincida con su tarjeta de embarque. No importa si su presentación actual de género coincide con el indicador de género en su identificación y los oficiales de la TSA no deben comentar sobre esto.” Esto no significa que un viajerx no encontrará agentes de TSA transfobicos o heterosexistas que pueden mandar a una persona cuya identificación no coincide con la presentación de género a un revisión de seguridad secundaria, que puede ser más riesgosa para los viajerxs indocumentados. Ver información adicional en “Factores adicionales que afectan el riesgo.”

  • Consejos de un viajerx genderqueer: Su trabajo es únicamente verificar si su identificación es válida, no cuestionar su vida. A menudo me han preguntado si realmente es mi identificación, indagando en mis asuntos personales. Siempre he contestado, “sí, es mío.” Frecuentemente inspeccionan mi identificación durante 5-10 minutos más que a los demás, pero no tienen el derecho de cuestionar cualquier aspecto de mi género. Yo sólo no me involucro más allá de eso y simplemente espero a que aprueben mi ID.  
  • Consejos  de un viajerx genderqueer: El género en su identificación debe coincidir con el género en su boleto de avión. Siempre he reservado mis propios vuelos, así que yo podía mantener mis tarjetas de embarque secretas hasta llegar a la identificación de afirmación de género. Para las personas que están comprando vuelos de otros individuos que pueden ser transgénero o de género no conforme: Usted no tiene derecho a saber mi sexo asignado al nacer debido a que está comprando mi vuelo. Se pueden encontrar formas alternativas de conseguir el vuelo, como hacer un  reembolso y dejar a la persona reservar directamente. Y por favor, no pedir a la gente su “nombre real” para reservar el vuelo, es extremadamente ofensivo.  

Viajar sin identificación que se ajuste a los reglamentos de la TSA: En algunos casos, cuando una persona no tiene la forma apropiada de Identificación, los agentes de la TSA tratarán de confirmar su identidad mediante un formulario o haciendo preguntas adicionales que pueden incluir nombre, fecha de nacimiento, número de la seguridad social , dirección. Hay algunos informes en línea de otras formas de identificadores que se utilizan para complementar este proceso, como tarjetas de crédito y los identificadores de la escuela, u otros documentos emitidos por el gobierno, pero debe tenerse en cuenta que el sitio web de la TSA afirma que, incluso si se confirma su identidad “usted puede estar sujeto a una inspección adicional.”

VIAJAR MIENTRAS EN PROCESO DE DEPORTACIÓN

El uso de documentos de inmigración como identificación: Los inmigrantes que se encuentran en proceso de deportación pueden utilizar el Aviso de Comparecencia (NTA por sus siglas en Inglés) u otras formas emitidas por el gobierno federal que contienen su nombre y fotografía como el Formulario I-182 y una orden de supervisión (OSUP) para viajar, pero requerirán al menos un documento oficial adicional con el nombre del viajero para confirmar su identidad.

TSA ha explicado que evalúan una variedad de documentos emitidos por el gobierno para establecer la identidad de una persona. Si un pasajero no tiene ninguna de las formas enumeradas de identificación, se les permite presentar otros dos tipos de identificación. “Una de las dos formas de identificación deberá contar con el nombre de la persona y otra información de identificación, como una foto, dirección, número de teléfono, número de seguro social o fecha de nacimiento […] La forma I-862 [o notificación para presentarse] puede ser se utiliza junto con otra forma de identificación en este caso”.

  Si una persona sólo puede presentar el Aviso de Comparecencia como documento de identificación, la agencia explica, “TSA intentará establecer la identidad del pasajero a través de componentes asociados en DHS”, tales como la CEC o ICE (Tenga en cuenta que esto es sólo para los inmigrantes con un NTA , lo que indica que ya están identificados por CBP o en una base de datos de ICE). Si estos organismos son capaces de confirmar la información solicitada, se le permite a la persona continuar con el proceso de seguridad al igual que otros pasajeros  y pasa a revisión del equipaje y cuerpo.

Procedimientos de deportación abiertos: Los individuos en proceso de deportación, incluyendo a los que se les ha dado una suspensión de la expulsión u otra forma de alivio discrecional y temporal, tienen diferentes restricciones establecidas por los oficiales de inmigración, un  juez o  ICE. En la mayoría de los casos, estas restricciones se enumeran en la orden de supervisión, y pueden incluir el tener que consultar con el agente de deportación y obtener el permiso antes de viajar fuera del estado (o, a veces el área tri-estatal), y no viajar fuera del país. Los documentos tienen instrucciones sobre cómo contactar con la agencia apropiada.

  • Sugerencia de un organizador indocumentado: Cuando una persona pide permiso para viajar a su oficial de deportación, es útil llevar una carta de la organización invitándoles a participar en el evento, las fechas de los viajes, la dirección del lugar donde el individuo se encuentra, y las reservas o el  itinerario de vuelo. Si la persona que solicita el permiso no tiene un abogado, haga un plan para acompañarla como intérprete y explíquele el proceso. Después de hacer la petición, un par de llamadas estratégicas o correos electrónicos a la oficina pueden ayudar.

Viajar con un grillete electrónico: Una persona que lleva un monitor electrónico o “grillete” en el tobillo puede viajar y está autorizado a pasar por el puesto de control de seguridad antes de embarcar a un avión. Además de pedir permiso al oficial de deportación o a la agencia de supervisión antes de viajar, una persona que viaja con un monitor de tobillo podría decirle al agente de la TSA antes de pasar por seguridad. Aunque no se le informe al agente, el monitor electrónico será visible durante el escaneo corporal y potencialmente activará la alarma de los detectores de metales. Sin importar cómo TSA se informe de la existencia del  monitor electrónico o grillete, es muy probable que las autoridades conduzcan una inspección secundaria del viajerx. Esto significa que harán una revisión más intensa de su equipaje y del cuerpo del individuo, incluyendo un cacheo y una revisión de sus manos y celular para ver si detectan productos químicos o explosivos.

Una agencia que supervisa el uso de estos grilletes del tobillo en Florida, cita a la TSA en el tema indicando: “Fuera de otra razón legal prohibiendo el acceso a un avión a una persona, traer un equipo de monitoreo, incluyendo un monitor médico, no debe ser un problema durante la inspección de seguridad. También advierten que si la persona tiene que ir a una investigación secundaria “a menudo significa retrasarlo para determinar si usted está huyendo de la jurisdicción. Por lo tanto, es aconsejable obtener una carta de nosotros antes de viajar en avión que indique para qué es el brazalete y que no tiene prohibido salir de la jurisdicción”.  

HETEROSEXISMO Y HOMOFOBIA EN LOS AEROPUERTOS

Las personas transgénero o  las personas que son “gender nonconforming”, particularmente si son indocumentados, y no tienen una identificación congruente con su género, pueden estar expuestas a más vigilancia por parte de TSA. Por favor vea la nota sobre las identificaciones que no llevan el mismo género bajo la sección de “Tipos de Identificación” and la guía para viajerxs transgéneros del National Center for Transgender Equality. A continuación está la información más relevante de esa guía que puede minimizar los riesgos para un viajerx indocumentados:

El Equipaje: Artículos prostéticos llenos de gel, cómo los que se usan para el aumento de senos, no están incluidos en el límite de 3 onzas de líquidos, ya que son “considerados médicamente necesarios” pero su presencia puede resultar en una revisión más detallada. Se sugiere empacar estos artículos en maletas documentadas o llamar a la línea de TSA para hablar con un representante capacitado al 1-855-787-2227.

Los escáneres corporales: La mayoría de los aeropuertos utilizan Tecnología de Imágenes Avanzada o “Advanced Imaging Technology” que analiza el perfil del cuerpo de una persona y detecta una “anomalía” o “alarma” que incluye elementos que pueden estar ocultos bajo la ropa de una persona. La NCTE observa que en algunos casos los escáneres “pueden buscar como anomalías a los contornos del cuerpo que no sean características de género de una persona. Los objetos extraños tales como prótesis, fajas, o incluso papel o monedas en un bolsillo serán comúnmente registrados como anomalías que requieren una revisión adicional. A menudo, esto consiste en un cacheo limitado de la zona (s) donde se detectó una anomalía, sin embargo, potencialmente puede implicar un cacheo de cuerpo completo.”Usted puede optar por no usar el equipo de escaneo corporal en cualquier momento, pero será entonces necesario someterse al cacheo completo.

El Cacheo: Un cacheo puede pasar cuando se requiere información adicional después del escaneo digital o cómo alternativa, pero puede ser muy invasivo. El cacheo debe ser conducido por un oficial del mismo género que el viajerx, basado en su identidad o cómo se presenta. NCTE dice que “una mujer transgénero debe ser revisada por una oficial mujer y un hombre transgénero debe ser revisado por un hombre. El género que está listado en la identificaci´øn y el boleto de abordar no debe de importar para un cacheo y no se le deben de hacer preguntas sobre su género. Si TSA no saben quién debe de hacer el cacheo, deben de preguntarle discreta y respetuosamente.”   

  • Consejo de viajero transgénero: Prepárese mentalmente que habrá momentos incómodos. Como ser cuestionado si es hombre o mujer, y cómo o con quién debe hacer el cacheo. Si usted prefiere que un hombre o una mujer haga la revisión, exprese su decisión claramente . Para las personas que no han tenido cirugías, la ropa también puede ser un problema, y ​​se les puede preguntar si están usando algo debajo de su ropa o si tienen algo escondido bajo su camisa. Hay una gran cantidad de presión sobre lxs pasajerx; tenga confianza y sea directx y honestx durante la interacción con los agentes.

PREPARACIÓN Y TRABAJO ORGANIZATIVO

Bajo la administración de Trump, fue realidad que defender a la gente indocumentada y otras personas no ciudadanas de deportación con tácticas organizativas y legales, se hizo mucho más difícil y requeria más recursos que de bajo la administración anterior. Pero, hay cosas que dependiendo en su contexto pueden ser útiles si hay necesidad de defenderse de las autoridades migratorias. Estos incluyen:

  • Una inspección secundaria, o detección por agente de CBP, o orden de deportación no significa deportación o el fin de una lucha. Si nunca has sido deportado antes, el proceso sigue en corte de inmigración, y hay la posibilidad de discreción fiscal. Si la persona ha sido deportada en el pasado o tiene una orden final de deportación, aunque el proceso puede suceder mas rapido, todavia hay oportunidad con una buena defensa legal y organizando con la comunidad.
  • Una persona de confianza en la familia debe de saber dónde están sus documentos, incluyendo documentos de inmigracion, educación, legales, médicos, y historia familiar.
  • En caso que lucha sea necesaria, debe de tener firmado un  DHS Privacy Waiver Authorizing Disclosure to a Third Party para que un familiar, o organizador comunitario pueda acceder su información,  aunque usted esté bajo detención. 
  • Si tiene un abogado de inmigración, firme el formulario g-28 y llévelo con usted o deje una copia con su abogado como prueba de representación. Lleve la información con usted. Asegúrese de que comunique sus planes con sus abogadxs y tenga un plan de emergencia. 
  • Escriba el número de teléfono del abogado de inmigración, un organizador comunitario, un miembro de familia, u otro punto de contacto con un marcador permanente en su cuerpo, por si es detenido, puede tener la información de contacto de su persona. Asegúrase de planificar con esta persona que es lo que va a hacer y a quién llamar si eres detenidx.
  • Planifique un protocolo de informar a un individuo cuando planea llegar a su destino y un plan por si en caso no puede comunicarse porque ha sido detenido por inmigración o si ha tenido que pasar por otros protocolos adicionales.

Asegúrese de que sus familiares de confianza, organizadorxs comunitarios, y abogadxs estén informados de comunicarse con Mijente u organizadores locales de confianza si es amenazadx o contactado por inmigración o la policía local durante su viaje ha Sazonblea. 

Paid for in part by Mijente PAC, 734 W Polk St., Phoenix, AZ 85007, not authorized by any candidate or candidate’s committee.

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